Buenos Aires, 05/09/2026, edición Nº 1748

Actualizan el padrón de obras sociales para monotributistas: qué tener en cuenta

La cuota mensual del Régimen Simplificado incluye el componente de salud, pero la cobertura médica no se activa de forma automática tras el primer pago. El contribuyente debe realizar el trámite de opción y posterior afiliación eligiendo exclusivamente a los agentes del seguro inscriptos en el registro de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).

El nuevo listado y las reglas de permanencia

Para este mes de septiembre de 2026, el registro oficial bajó a 42 obras sociales para monotributistas habilitadas (la Obra Social de Vareadores fue eliminada de la nómina). Al momento de elegir o modificar la cobertura, aplican las siguientes normativas:

  • Permanencia mínima: El Decreto 955/2024 exige que los afiliados permanezcan al menos 12 meses en la entidad elegida antes de poder solicitar un nuevo cambio. El plazo corre desde que la opción entra en vigencia.
  • Prohibición de rechazo: Ninguna de las 42 entidades del padrón puede negarse a afiliar a un contribuyente del Régimen Simplificado de forma arbitraria. Ante una negativa, se debe radicar un reclamo formal en la SSS.
  • Restricción para prepagas: El sistema actual prohíbe triangular los aportes obligatorios a través de una obra social intermediaria hacia una empresa de medicina prepaga que no figure explícitamente en el registro oficial.

Requisitos para gestionar la afiliación

El trámite de opción de cambio se realiza exclusivamente de manera digital a través de la plataforma de la Superintendencia de Servicios de Salud, ingresando con Clave Fiscal nivel 3. La nueva elección comienza a regir el primer día del mes posterior a la confirmación de la solicitud.

Una vez completada la opción online, el contribuyente debe contactar a la entidad seleccionada para finalizar el alta administrativa presentando:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Constancia de inscripción actualizada.
  • Comprobante del último pago de la cuota mensual (la categoría A arranca en $49.527,18).
  • Formulario 184/F y credencial de pago (Formulario 152).
  • Documentación respaldatoria del grupo familiar, en caso de adherir convivientes o hijos (requiere el abono de un adicional por cada integrante).
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